Tegucigalpa M.DC., 14 de julio 2020
Con el objetivo de dar a conocer los avances y el papel del IAIP en el tema de acceso a la información en materia ambiental, el Abg. Juan Mauricio Villalobos – Asistente Legal del IAIP, formó parte de los panelistas que intercambiaron experiencias en el Taller: «El Acuerdo de Escazú, una herramienta para la democracia, hacia la sostenibilidad y la justicia ambiental».
La moderación estuvo a cargo de la Directora del Instituto de Derecho Ambiental de Honduras Abogada Clarisa Vega, quién hizo una introducción al tema resaltando «que el Acuerdo de Escazú una iniciativa de muchos países, tuvo su origen en la Declaración de Rio el artículo 10 de la conferencia convocada por Las Naciones Unidas, referente a los derechos de acceso a la información, justicia en asuntos ambientales, realmente la idea de tener un real cumplimiento de ese principio, algunos países de la región se interesaron en que se formará un grupo para hacer la negociación y que se alcanzarán grandes beneficios en materia ambiental, es el primer tratado sobre derechos ambientales, participación publica y acceso a la información, ratificado firmando por mas 23 países entre ellos Honduras, todos los actores no se imaginaron nunca todos los alcances del Acuerdo de Escazú, así mismo es necesario el fortalecimiento de las legislaciones en relación a estos temas un medio ambiente sano , los derechos humanos y acceso a la información, resaltando que hemos observado las acciones del nuevo Pleno de Comisionados y un cambio a la institucionalidad, que nos llena de confianza, porque si vamos a solicitar información sabemos que es requisito para un recurso de revisión».
En su presentación el Profesional del Derecho y Asistente Legal del IAIP-Honduras expresó, «en el año 2006 nace la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su artículo número 8 establece la creación del Instituto de Acceso a la Información Pública, amparados en el principio de la máxima divulgación, donde se enmarca que toda información es es accesible en principio, el acceso a la información es un derecho humano fundamental que establece que toda persona puede acceder a la información en posesión de órganos públicos, sujeto sólo a un régimen limitado de excepciones; les presentó el panorama gráfico de las solicitudes de información que son presentadas ante la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MiAmbiente) y el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal y Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), no son contestadas, la minoría un seis por ciento son contestadas en plazo o fuera de plazo, aquí nos encontramos ante un fenómeno en transparencia activa tienen excelencia , pero en transparencia proactiva están en un nivel deficiente, el trabajo del IAIP es ponderar cómo se emitirán las sanciones».
Villalobos también destacó que, «en torno al retos del IAIP es promover el mecanismo correcto de acceso a la información, para ellos corresponde fomentar la transparencia y una activa participación ciudadana, la Secretaría de Recursos Naturales solicitó ante el IAIP una reserva de información en las licencias ambientales el Pleno de Comisionados resolvió sin lugar , ya que existe una declaración donde dice que las licencias ambientales deben ser públicas, primando siempre el derecho de acceso a información, cada una de las instituciones obligadas en materia ambiental cuentan con un Portal de Transparencia y aquí es donde entra la importancia del Acuerdo de Escazú que es donde estaríamos abarcado no sólo la administración pública sino también las empresas privadas las cuales tiene una gran participación en temas ambientales en el país».
«El IAIP en temas de materia ambiental enfrenta un gran reto sobre todo en el tema de las bases de datos, por tal razón se crea la Ley General de Archivos que se encuentra en el Congreso Nacional para sus discusión y aprobación desde hace muchos años y esto llevo a que el Instituto creará los lineamientos de archivos , para lograr un orden de los archivos y fundamental a nivel municipal, por lo que hemos impulsado la educación en los ciudadanos para mantener en orden los archivos que son los que garantizan que la información se encuentre organizada».
Por su parte la Abg. Patricia Madrigal, Ex Viceministra de Ambiente 2014 – 2018 de Costa Rica en su intervención manifestó, «basados en el principio 10 que nos dice que la mejor forma de tomar decisiones en materia ambiental es incluyendo a todos los ciudadanos ya que para tener un espacio de participación debemos contar con un acceso adecuado a la información, que tenga un impacto sobre las personas. Uno de los elementos más importantes es que el Acuerdo de Escazú es una iniciativa que surge de sociedad civil y es un proceso en el que se debe resaltar que es el primer acuerdo que estable la defensa de los derechos humanos de los ambientalistas de manera de avanzar y ser cada vez más inclusivos».
Entre tanto, Luisa Arauz Asesora Legal del Ministerio del Ambiente en Panamá dijo » a pesar que el tratado establece que se necesitan 11 firmas para entrar en vigor nosotros ya estamos generando acciones y estrategias para lograr su plena implementación unos de los elementos más importantes para lograr la ratificación es la voluntad política y sustentar la importancia de este tipo de tratados y resaltar el acceso a la información, y es necesario que todas las instituciones sepan que cualquier información que tenga que ver con el impacto ambiental debe ser compartida, en Panamá contamos con nuestra ley de transparencia desde el año 2012″.
Aida Gamboa, de DAR en Lima, Perú » lo que creemos que nuestro gobierno debe cumplir con los principios y considerar la participación ciudadana y proponemos que se haga justicia en los casos de los ambientalistas que han perdido la vida luchando por defender sus derechos así mismo, Transmitir información sobre el Covid con mecanismos idóneos y actualizando la información de una manera clara y promover espacios con pueblos indígenas , lamentamos la campaña abierta que existe actualmente sobre el Acuerdo de Escazú, porque se le está diciendo a la población que el mismo no es de beneficio, cuando es todo lo contrario por tal razón hemos pedido a los congresistas que analicen y recojan las experiencias de otros países y nosotros esperamos desde Perú que pese a los desafíos se les pueda informar a los ciudadanos sobre los beneficios del acuerdo en muchos sentidos incluyendo la democracia».
*Antecedentes Históricos*
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, más conocido como Acuerdo de Escazú, es un tratado internacional firmado por 22 países de América Latina y el Caribe respecto a protocolos para la protección del medio ambiente. Actualmente cuenta con nueve ratificaciones (Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadina y Uruguay).
Acuerdo de EscazúAcuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el CaribeTipo de tratadoMedioambientalRedacción5 de mayo de 2015 al 4 de marzo de 2018Partes22 firmantes. 9 ratificacionesDepositarioSecretaría General de las Naciones UnidasIdiomasEspañol e inglés.
CEPAL – Acuerdo de Escazú
El acuerdo se origina como resultado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), realizada en 2012, y la Decisión de Santiago adoptada en 2014 por 24 países. Desde ese momento se realizó un proceso de negociación entre los 24 países interesados, a través de una comisión copresidida por las delegaciones de Chile y Costa Rica. Tras cuatro años de negociaciones, el Acuerdo Regional fue adoptado el 4 de marzo de 2018 en la ciudad costarricense de Escazú.
Este acuerdo fue el primero realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), una agencia de la Organización de las Naciones Unidas.El acuerdo fue firmado finalmente por 14 países el 27 de septiembre de 2018 en el marco de la reunión anual de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y posteriormente por otros 3 países más y está a la espera del proceso de ratificación respectivo por cada Estado firmante.
- Antecedentes Históricos
El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, más conocido como Acuerdo de Escazú, es un tratado internacional firmado por 22 países de América Latina y el Caribe respecto a protocolos para la protección del medio ambiente. Actualmente cuenta con nueve ratificaciones (Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadina y Uruguay).
Acuerdo de Escazú
Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe
Tipo de tratado: Medioambiental
Redacción: 5 de mayo de 2015 al 4 de marzo de 2018
Partes: 22 firmantes, 9 ratificaciones
Depositario: Secretaría General de las Naciones Unidas
Idiomas: Español e inglés.
CEPAL – Acuerdo de Escazú
El acuerdo se origina como resultado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20), realizada en 2012, y la Decisión de Santiago adoptada en 2014 por 24 países. Desde ese momento se realizó un proceso de negociación entre los 24 países interesados, a través de una comisión copresidida por las delegaciones de Chile y Costa Rica. Tras cuatro años de negociaciones, el Acuerdo Regional fue adoptado el 4 de marzo de 2018 en la ciudad costarricense de Escazú.
Este acuerdo fue el primero realizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), una agencia de la Organización de las Naciones Unidas. El acuerdo fue firmado finalmente por 14 países el 27 de septiembre de 2018 en el marco de la reunión anual de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y posteriormente por otros 3 países más y está a la espera del proceso de ratificación respectivo por cada Estado firmante.