MIEMBROS DEL TSC APLICAN ESTUDIO DE PRECEPCIÓN A PERSONAL DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

MIEMBROS DEL TSC APLICAN ESTUDIO DE PRECEPCIÓN A PERSONAL  DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

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(Tegucigalpa M.D.C. 6 de marzo 2017) todos los servidores Públicos que laboran en el Instituto de Acceso a la Información Pública fueron encuestados por la Dirección de Probidad y Ética del Tribunal Superior de Cuentas ( TSC ) con el fin de realizar un Estudio de Percepción.

Y el objeto Evaluar el Desempeño, dicho estudio se formulo mediante la elaboración de Encuestas a cada una de las personas que laboran en el IAIP.

El ejercicio se realizo en la Salón de Capacitación del IAIP las interrogantes estaban orientadas a consultar cuanto se conoce a lo interno el trabajo del Comité de Ética y como mejorarlo.

El test estaba diseñado para no exceder mas de 10 minutos y se desarrollo por Departamentos de la siguiente forma : Coordinación Superior (Únicamente Asistentes Ejecutivos y Secretarias de Comisionados) ,Gerencia Administrativa, Gerencia de Verificación, Gerencia de Capacitación, Gerencia de Infotecnologia y Oficial de Gestión de Documentos y Archivo, Oficial de Información, UPEG, Gerencia de Cooperación, Unidad de Auditoría Interna, Unidad de Relaciones Publicas, Unidad de Servicios Legales y Secretaria General, Oficial de Información Pública .A acepción de los miembros del Comité de Probidad y Ética de nuestro Instituto que no participaron en dicha actividad.

El Tribunal Superior de Cuentas, es el ente rector del  sistema de control y transparencia en la gestión de los servidores públicos que tiene como objeto establecer las condiciones para asegurar el ejercicio correcto de las actuaciones de los  servidores públicos y de aquellas personas vinculadas con actividades financieras  y  económico ­patrimoniales  relacionadas  con el  Estado,  a fin de que dichas  actuaciones  estén enmarcadas en principios de legalidad y valores éticos de integridad, imparcialidad,  probidad,  transparencia, responsabilidad y  de eficiencia  que aseguren un adecuado servicio a la colectividad; así como salvaguardar el patrimonio del Estado.  Para ese propósito el Tribunal debe:  Promover la  integración y  funcionamiento de los  comités  de probidad y  ética públicas,  Fomentar y  fortalecer el  desarrollo,  en cada una de las  instituciones  del  sector público, de los mecanismos necesarios para prevenir y detectar la corrupción,  Gestionar la aprobación por parte de las máximas autoridades de las instituciones  de normas para el correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones  públicas, Capacitar a los servidores públicos sobre conflictos de intereses, preservación y el  uso adecuado de los recursos a ellos asignados, Instruir a los  servidores  públicos  en su obligación de informar al  Comité de Probidad y Ética Pública de su institución o al Tribunal Superior de Cuentas, o a cualquier otra autoridad competente sobre los actos de corrupción en la función pública de los que tengan conocimiento. De solicitarlo el denunciante su nombre se mantendrá en reserva.

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