INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA PRESENTE EN EL FORO DE DIÁLOGOS MACCIH

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA PRESENTE EN EL FORO DE DIÁLOGOS MACCIH

(Tegucigalpa M.D.C 25 de Octubre 2016 ) En el marco del Foro de diálogos que promueve la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), el abogado Gustavo Manzanares Vaquero, Comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), brindo una conferencia relacionada a la posición del Instituto frente a la Ley de Clasificación de Documentos Públicos.
Atendiendo una invitación de la MACCIH, el pleno de comisionados del Instituto, delego en el abogado Manzanares la presentación de la conferencia denominada ‘Posición del Instituto de Acceso a la Información Pública sobre la Ley de Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional.

En su disertación, el comisionado Gustavo Manzanares explico a la audiencia sobre la fundamentación y la importancia del Derecho de Acceso a la información como un derecho humano, fincado en los convenios internacionales de los cuales honduras forma parte y en la Constitución de la República.

Desarrollando en su exposición, el contenido del Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Comisionado Manzanares explicó que se trata de un derecho particularmente importante para la consolidación, el funcionamiento y la preservación de los sistemas democráticos.
Al exponer sobre los límites que tiene este derecho, explico que la Corte Interamericana de Justicia ha establecido en su jurisprudencia, que el principio de máxima divulgación “establece la presunción de que toda información es accesible, sujeta a un sistema restringido de excepciones”, las cuales “deben estar previamente fijadas por ley”, responder a un objetivo permitido por la Convención Americana, y “ser necesarias en una sociedad democrática, lo que depende de que estén orientadas a satisfacer un interés público imperativo”.
En el caso de Honduras dijo, esas excepciones o límites al derecho de acceso a la información se encuentran enumerados en el artículo 16 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP).
Recordó que el Instituto en su momento, se pronuncio en los términos de “ordenar al poder legislativo, a través del Congreso Nacional de la República y al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, como instituciones obligadas a la LTAIP, que proceda a la reforma de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos a efecto de ajustar su contenido al artículo 72 de la Constitución de la República, demás normativa legal y a las Convenciones Internacionales en materia de derechos humanos”.
Al finalizar el foro, el portavoz de la MACCIH, agradeció a los expositores en este foro de diálogos, y concluyo diciendo que la mejor forma de ver una institución es por sus resultados.


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